#35856
Natalia Ottavini
Moderador

Respuesta 1: En conformidad a lo previsto en la Sección IV Punto 6 inc. a) I los oferentes deberán estar inscriptos en el RNCOP creado por el Artículo 13 de la Ley 13064 y de acuerdo al Artículo 24 del Reglamento del RNCOP aprobado por el Decreto Nacional 1724/93.
La inscripción en el citado registro es uno de los requisitos de acreditación de la capacidad de contratación anual.

Quedamos a disposición por ulteriores consultas.

Saludos cordiales